CAPÍTULO 188 - LAS RELACIONES SEXUALES NO CONSENTIDAS
–NO PERMITIR NINGÚN TIPO DE VIOLENCIA-
Este es el capítulo 188 de un total de 200 –que se irán publicando- que forman parte del libro RELACIONES DE PAREJA: TODO LO QUE NO NOS HAN ENSEÑADO Y CONVIENE SABER.
Las relaciones sexuales siempre han de ser por mutuo acuerdo y con el objetivo de encontrar satisfacción ambos. Cuando se realizan bien se fortalece la relación, por la entrega personal de cada uno de ellos en ese acto, por el lazo de intimidad que les une aún más, y porque cada uno se satisface con el placer proporcionado al otro además del propio.
Que sean consentidas implica que lo que se realiza ha de ser con la aprobación de ambos. No hay límites siempre y cuando los dos estén de acuerdo y no haya uno perjudicado.
Es bueno estar abiertos a nuevas experiencias, a evitar caer en la rutina, a mantener el deseo vivo, pero no es obligatorio aceptar lo que no se quiere aceptar. Si a una persona no le apetece algo concreto no está obligada a realizarlo. Se puede dialogar sobre ello, se puede intentar si se desea, pero no es obligatorio ser cómplice de lo que pudieran ser perversiones o depravaciones del otro. No hay que hacer algo que le deje mal a uno, que atente contra sus principios o dignidad, y en lo que se sienta utilizado y degradado.
Las relaciones sexuales que no se producen por mutuo acuerdo, que no son deseadas o consentidas voluntariamente, dejan de llamarse de ese modo para denominarse “violaciones”.
Y las violaciones son un delito en todos los países del mundo.
No son solamente una degradación, un desprecio, una imposición indeseada, un sometimiento, una coacción, un ultraje, un maltrato… son un delito.
Y hay que darle ese tratamiento y exigir el procedimiento policial y judicial correspondiente.
No denunciarlo, convierte a la víctima en cómplice y encubridora.
Posiblemente sea la violación el grado más elevado o más extremo de crueldad hacia una persona. Más allá del maltrato psíquico, de los desprecios o las agresiones verbales, la violación las contiene a todas juntas y, además, conlleva el gravoso acto de doblegar a la mujer de un modo en que ya no se puede defender a sí misma, ni su integridad ni su dignidad.
Ante las relaciones sexuales no consentidas, es necesaria una oposición total y contundente.
Y atención también a esas veces en que la mujer accede a unas relaciones sexuales indeseadas por su parte, justificándose ante sí misma como que son derechos conyugales del hombre. Cada mujer tomará la decisión que crea conveniente en su caso, aunque algunas lo interpretan como que es un sacrificio para mantener una razonable convivencia.
Para quien tenga fuertes creencias religiosas y considere que la entrega sexual es un deber que cumplir por el hecho de haberse casado, sepa que durante siglos fue así legalmente desde el punto de vista de la iglesia católica. Se denominaba “débito conyugal”, ya que ambos acordaban lo que se llamaba ius in corpus: derecho a solicitar o exigir la realización del acto sexual. En el momento actual, se ve como algo injusto, y carente de los componentes esenciales de amor, deseo y entrega voluntaria que se le supone. El Concilio Vaticano II hizo ver que la sexualidad en la pareja es un acto voluntario de entrega; no forma parte de los derechos de uno de ellos, sino que han de ser ambos los que lo han de realizar por su libre voluntad.
SUGERENCIAS PARA ESTE CASO:
- Contundencia y rechazo ante las relaciones sexuales impuestas.
- Las relaciones sexuales son cosa de dos (o los que se deseen) pero SIEMPRE han de ser consentidas.
- Como ejemplo para acceder a información sobre cualquier tipo de violencia, sirva esta página de la Guardia Civil Española: https://www.guardiacivil.es/es/servicios/violenciadegeneroyabusoamenores/violenciagenero/
Francisco de Sales